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Order (Auto)March 4, 2021

A- de 2021

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo

✓Claimant Tribunal Superior De Bogota, Sala Penal·Respondent Sala De Amnistia E Indulto De La Jep

✓
Topic · hard data
La Jurisdicción Especial Para La Paz Autoridad Competente Para Asumir Conocimiento Del Proceso Penal Adelantado Contra Miembros De Las Exfarc.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

2 topics · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicción entre el Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué y la Sala de Amnistía e Indulto de la Jurisdicción Especial para la Paz.

La controversia entre las autoridades judiciales involucradas se generó en el trámite de un proceso penal que se encuentra en etapa de juzgamiento, pendiente de que sea resuelto el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria de primera instancia.

El fallo condenatorio se profirió en septiembre del 2015 bajo el procedimiento penal regulado en la Ley 906 de 2004 en contra de dos ciudadanos encontrados responsables de actos de terrorismo en concurso homogéneo y heterogéneo con los delitos de rebelión y daño en bien ajeno agravado.

La Sala Penal del Tribunal mencionado afirmó que carecía de competencia para resolver la impugnación y continuar el proceso y la JEP señaló que, antes de asumir el conocimiento, la precitada Corporación debía resolver el recurso, en procura de respetar el derecho fundamental al debido proceso y, particularmente, a la doble instancia La Corte Constitucional dirimió el conflicto determinando que los dos despachos judiciales involucrados carecen de competencia para resolver el recurso de apelación mencionado y que la competencia para conocer el proceso penal es la Jurisdicción Especial para la Paz.

Con base en lo anterior remitió el expediente a la JEP, para lo de su competencia.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones entre la Sala Penal del Tribunal del Distrito Judicial de Ibague -Tolima-, y la Sala de Amnistia e Indulto de la Jurisdiccion Especial para la Paz, planteado dentro del proceso penal radicado en la Jurisdiccion Ordinaria bajo el numero 73624.60.00.000.2014.00002.01, NI 32999, en el sentido de DECLARAR que:
  2. (i) Ambas autoridades judiciales carecen de competencia para conocer de los recursos de apelacion presentados por los defensores de los senores Campo Elias Alfonso Mendez y Carlos Julio Leal Villamil, contra la sentencia condenatoria de primera instancia dictada por el Juzgado
  3. Segundo. Penal del Circuito Especializado con funciones de conocimiento de la ciudad de Ibague -Tolima-, el 22 de septiembre de 2015.
  4. (ii) Corresponde a la Jurisdiccion Especial para la Paz asumir el conocimiento del proceso penal mencionado, conforme a las reglas aplicables en dicha jurisdiccion.
  5. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-00055 y todos sus anexos a la Jurisdiccion Especial para la Paz, para lo de su competencia.
  6. TERCERO. INHIBIRSE de definir la jurisdiccion competente para resolver sobre la amnistia frente al delito actos de terrorismo por el que son procesados los senores Campo Elias Alfonso Mendez y Carlos Julio Leal Villamil, asunto planteado por la Sala Penal del Tribunal del Distrito Judicial de Ibague, Tolima, debido a la inexistencia de conflicto de competencia entre jurisdicciones, acorde con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
  7. CUARTO. Por la Secretaria General, COMUNICAR la presente decision a la Sala Penal del Tribunal del Distrito Judicial de Ibague -Tolima-, y SOLICITAR a dicha Sala que comunique el presente auto a los sujetos procesales dentro del tramite penal correspondiente.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.